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DERECHO A SER INFORMADO PARA PROTEGER LA SALUD I

Caso “Baliarda S.A y otros c/Provincia de Buenos Aires” (Resuelto el 21/08/2003 )

En "Baliarda", la Corte garantizó el derecho a la prescripción de medicamentos por su nombre genérico. Esta modalidad, recomendada por la OMS, tiene por fin permitir que el paciente elija el remedio que, garantizándole la misma efectividad, resulte más conveniente a sus posibilidades económicas.

Hechos:
En este caso, un grupo de 16 laboratorios y 25 empresas (representadas por la Cámara Argentina de Especialidades Medicinales) planteó judicialmente la inconstitucionalidad de la ley de genéricos de la provincia de Buenos Aires. Alegaban que los remedios debían ser recetados por su marca comercial y no por su nombre medicinal, porque de lo contrario se violaba el régimen de marcas de los medicamentos, que establece su uso exclusivo.

Decisión de la Corte:
La Corte rechazó por unanimidad la demanda de los laboratorios, al considerar que la normativa en materia de genéricos no los perjudicaba de ninguna forma en el derecho a comerciar sus productos medicinales. (Voto de los jueces Boggiano, Fayt, Petracchi, Vázquez, Belluscio, Moliné O´Connor, López y Maqueda).

Comentario:
La diferencia de precios entre los medicamentos de marca comercial y los genéricos varía enormemente. Por lo tanto, poder contar con información acerca de las distintas denominaciones de drogas y marcas resulta fundamental para que toda la población, y especialmente la de menor poder adquisitivo, pueda acceder a los medicamentos necesarios para curar sus afecciones. Esta decisión de la Corte fortalece la aplicación de las normas que garantizan el derecho a la información del consumidor para la protección de su salud. Este fallo es importante porque muestra que el derecho a la salud no sólo implica la instrumentación de prestaciones positivas por parte del Estado, sino también que éste resguarde el derecho de los ciudadanos a elegir libremente cómo cuidar su salud.

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